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Sentencia de la Sala Segunda del Tribunal Supremo 124/2019 de 8 de marzo: unificación de doctrina en materia penitenciaria

Enlazamos aquí la sentencia 124/2019 de 8 de marzo de la Sala Segunda del Tribunal Supremo de unificación de doctrina en materia penitenciaria, https://supremo.vlex.es/vid/773753925, la cual consideramos de interés, no solo por el contenido, sino también por la poca frecuencia con la que lleguen recursos relativos a derecho penitenciario ante el Tribunal Supremo. Ha sido ponente de la sentencia el magistrado Pablo Llarena Conde.

Entre otras cuestiones, el fundamento jurídico cuarto de la sentencia se pronuncia sobre si en el momento de resolver el recurso de apelación de permisos de salida de los internos se pueden valorar circunstancias del interno que hayan surgido ex novo durante la tramitación del recurso, o si bien deben valorarse exclusivamente las circunstancias del interno habidas en el momento de pronunciarse la resolución recurrida.

En el apartado primero del fundamento jurídico cuarto la sentencia resuelve que si bien la regla general debe ser la de valorar las circunstancias que regían en el momento en que se tomó la decisión por parte del juzgado a quo, teniendo en cuenta que se trata de un régimen procesal de vigilancia penitenciaria el cual debe velar por los derechos de los internos y para su adecuado retorno a la vida en libertad, con tal de ser funcionales con este objetivo, podrán valorarse incidencias tratamentales del interno sobrevenidas durante la tramitación del recurso. Así, la resolución que se adopte por el tribunal ad quem no será ni inútil ni extemporánea.

En el apartado segundo de este mismo fundamento jurídico cuarto, la sentencia también expone que con tal de poder valorar estas nuevas incidencias tratamentales, deberán documentarse o acreditarse de la manera más adecuada y garantizando el derecho de contradicción entre les partes.

 

 

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